Tu Evaluación de Riesgos Laborales,
lista en 15 minutos.

Generador de Evaluación de Riesgos Laborales pensado para pymes y autónomos con personal. Eliges tu actividad, los riesgos habituales de tu sector ya vienen marcados y valorados: solo los ajustas a tu centro de trabajo y descargas el PDF. Sin plantillas en blanco ni jerga técnica.

Vista previa gratuita, sin tarjeta. Pago único, sin suscripción.

La Evaluación de Riesgos es obligatoria desde el primer trabajador —incluidos becarios y personal en prácticas— según el artículo 16 de la Ley 31/1995 (LPRL). No tenerla constituye una infracción grave, con sanciones que pueden llegar a los 49.180 €.

Cómo funciona

Un documento completo en cuatro pasos, sin necesidad de ser técnico de prevención.

1

Elige tu actividad

Seleccionas tu sector entre los nueve disponibles. Cargamos automáticamente los riesgos más habituales de esa actividad, ya redactados.

2

Ajusta a tu empresa

Revisas cada riesgo, modificas la valoración (gravedad × probabilidad) y adaptas o añades las medidas de prevención a la realidad de tu centro de trabajo.

3

Planifica la prevención

El documento incluye la planificación de la actividad preventiva: medidas, responsables y plazos, tal y como exige la normativa.

4

Descarga el PDF

Generas un PDF profesional, listo para firmar, fechar y conservar a disposición de la Inspección de Trabajo.

Elige tu actividad

Nueve modelos sectoriales, con riesgos precargados según los criterios técnicos del INSST y medidas de prevención ya redactadas.

Construcción / Edificación

Construcción, obra gruesa, acabados, rehabilitación, viales. Sector con mayor siniestralidad: caídas de altura (causa #1 de mortalidad), TME, exposición al amianto.

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Hostelería / Restauración

Restaurantes, cafeterías, cervecerías, catering, cocinas colectivas. Riesgos principales: cortes, quemaduras, resbalones, ambiente térmico en cocina, TME en sala.

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Peluquería / Estética

Salones de peluquería, centros de belleza, spa, barberías. Riesgos: TME posturales, químico (cosméticos, oxidantes), alergias, bipedestación prolongada.

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Oficina / Sector terciario

Actividades terciarias, servicios, consultoría, informática, administración. Riesgos principales: TME (trabajo con pantalla), riesgos psicosociales, riesgo vial, sedentarismo.

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Transporte / Logística

Transporte por carretera (mercancías, viajeros), reparto, mensajería, taxi, VTC. Riesgos: vial (#1 mortal), TME de espalda, manipulación de cargas, riesgos psicosociales.

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Sociosanitario

Residencias de mayores, hospital, clínica, atención a domicilio, ayuda a la persona, guarderías. Riesgos: biológico (exposición a sangre), movilización de personas, riesgos psicosociales, agresiones.

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Comercio / Venta

Tiendas, comercios, grandes superficies, venta mayorista. Riesgos: manipulación de cargas, bipedestación prolongada, agresiones (robos), riesgos psicosociales, caída en estanterías.

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Empleadas de hogar / Servicio doméstico

Limpieza, cocina, plancha, compra, cuidado de niños o de personas mayores. Desde el RD 893/2024, quien tiene contratada a una empleada de hogar es empleador a efectos de prevención y debe evaluar los riesgos de su propio domicilio. Riesgos principales: caídas al mismo nivel, escaleras y taburetes, manipulación de cargas, productos de limpieza.

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Taller / Industria

Talleres mecánicos, talleres de producción, mecánica, fabricación, mantenimiento. Riesgos: máquinas, químico, ruido, proyecciones, quemaduras.

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Por qué te conviene

Pensado para pymes y autónomos

Nada de plantillas genéricas en blanco. Partes de un modelo ya rellenado con los riesgos reales de tu sector y solo lo afinas.

Estructura conforme a la norma

El modelo sigue la estructura que exigen la Ley 31/1995 y el RD 39/1997: inventario de riesgos por puesto, valoración, planificación, fechas y firma.

Riesgos basados en el INSST

Los riesgos y las medidas preseleccionadas parten de los criterios técnicos del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Sin suscripción

Un único pago y el PDF es tuyo. Puedes reeditarlo y volver a descargarlo durante un año.

Por qué es obligatoria

La Evaluación de Riesgos Laborales no es opcional: es el documento que abre toda la prevención en tu empresa.

  • Ley 31/1995, art. 16 (LPRL). La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva son los instrumentos esenciales de la gestión de la prevención. La obligación nace desde el primer trabajador.
  • Ley 31/1995, art. 23. El empresario debe elaborar y conservar la documentación preventiva a disposición de la autoridad laboral y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • RD 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención). Fija cómo evaluar los riesgos, planificar la prevención y revisar la evaluación cuando cambian las condiciones de trabajo.
  • Sanciones (RD Legislativo 5/2000, LISOS). No realizar la evaluación es una infracción grave, sancionable con multa de hasta 49.180 €; en los casos muy graves la cuantía puede ser superior, sin contar el recargo de prestaciones en caso de accidente.
Saber más sobre la obligación legal →

Una herramienta seria, sin promesas vacías

Esto es lo que somos y lo que no somos, para que sepas exactamente qué obtienes.

Qué obtienes

Un modelo estructurado según la Ley 31/1995 y el RD 39/1997, con riesgos y medidas ya redactados que te ahorran horas de trabajo y el folio en blanco.

Tu papel

Debes adaptar el documento a la realidad de tu centro de trabajo. Es una herramienta de apoyo a la redacción y no sustituye al servicio de prevención.

La responsabilidad

El empresario sigue siendo el responsable legal de la evaluación y de las medidas adoptadas. Te damos el punto de partida; la decisión final es tuya.

Precios

Un pago único, sin suscripción. PDF inmediato.

Vista previa

Gratis
  • Vista previa HTML con marca de agua
  • Guardado del borrador
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Pro

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  • PDF completo, sin marca de agua y firmable
  • Planificación de la actividad preventiva incluida
  • Edición ilimitada durante 1 año
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49 €/pago único
  • Hasta 3 sectores (multicentro)
  • Actualizaciones incluidas durante 1 año
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Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la Evaluación de Riesgos para una pyme?

Sí, desde el primer trabajador, incluidos becarios, personal en prácticas y contratos temporales. La ausencia o la falta de actualización del documento exponen al empresario a sanciones de hasta 49.180 € y a responsabilidad en caso de accidente (Ley 31/1995, art. 16).

¿Cuánto cuesta y hay suscripción?

No hay suscripción. El plan Pro cuesta 29 € de pago único e incluye el PDF completo, sin marca de agua, y la edición durante un año. El plan Premium (49 €) añade hasta tres sectores y las actualizaciones del año incluidas. Puedes probar el generador gratis antes de pagar.

¿Cuánto se tarda en hacerla?

Alrededor de 15 minutos. Como los riesgos típicos de tu sector ya vienen preseleccionados y valorados, solo tienes que revisarlos, ajustarlos a tu centro de trabajo y descargar el PDF.

¿Hay que ser técnico de prevención?

No. El generador selecciona por defecto los riesgos habituales de tu sector según los criterios técnicos del INSST. Tú solo ajustas la valoración (gravedad × probabilidad) y las medidas a tu realidad. Aun así, el documento debe adaptarse a tu empresa: es una herramienta de apoyo y no sustituye al servicio de prevención.

¿Qué sectores cubre?

Nueve: construcción, hostelería y restauración, peluquería y estética, oficina, transporte, sociosanitario, comercio, taller y hogar familiar (empleadas de hogar, RD 893/2024). Cada uno con sus riesgos, actividades y equipos propios precargados.

Soy autónomo, ¿estoy obligado?

El autónomo sin trabajadores no está obligado a realizar la Evaluación de Riesgos mientras no contrate personal. En cuanto tengas al menos un trabajador a tu cargo —incluidos becarios o contratos temporales— la obligación nace de inmediato.

¿Cuáles son las modalidades de organización preventiva?

Según el RD 39/1997 puedes asumir personalmente la prevención (en empresas pequeñas, dentro de los límites legales), designar a uno o varios trabajadores, constituir un servicio de prevención propio o concertar un servicio de prevención ajeno. Este generador te ayuda con el documento, no sustituye a ninguna de estas modalidades.

¿Con qué frecuencia hay que actualizarla?

Siempre que cambien de forma relevante las condiciones de trabajo, se incorporen nuevos equipos o sustancias, o se produzcan daños para la salud (Ley 31/1995, art. 16, y RD 39/1997, art. 6). Conviene revisarla periódicamente. El plan Premium incluye las actualizaciones durante un año.

¿En qué formato recibo el documento?

Un PDF profesional listo para imprimir, firmar y fechar. Puedes volver a editarlo y descargarlo desde tu panel durante el periodo contratado.

¿Este documento es válido ante una inspección?

El modelo recoge la estructura que exige la normativa, pero su validez depende de que lo adaptes fielmente a tu centro de trabajo. Es una herramienta de apoyo a la redacción; la responsabilidad del documento y de las medidas recae siempre en el empresario.

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